La regulación IMO 2020 y el nuevo recargo sobre el flete marítimo
Por Eva María Hernández Ramos, abogada experta en estiba y comercio internacional.
Seguro que sois conocedores de un nuevo recargo que se aplicará a los fletes marítimos a partir del 1 de diciembre de 2019.
La noticia es cierta y consiste en una aplicación directa de la nueva Reglamentación IMO para 2020.
Muchos nos hemos preguntado en base a qué se aplica, en qué consiste y, qué es la Reglamentación IMO 2020. Además, necesitaremos saber si este nuevo recargo tiene incidencia sustancial y directa en el cálculo de los costes de las nuevas Reglas Incoterms 2020, para el actor que paga el flete.
Aquí os aportaos unos datos sencillos:
¿En qué consiste la nueva Reglamentación IMO 2020?
La IMO (o su versión española: “OMI” – Organización Marítima Internacional), el pasado año 2005, estableció una Reglamentación que tenía como objetivo mejorar la calidad del aire y la protección del medio marino y vida en las costas cercanas, y no solo la fauna y flora marina, sino conseguir un impacto en la calidad de vida del ser humano.
Esta disposición fue adoptada en 2005 y tendrían un plan de vida a 15 años.
Con ella, se lograron implantar las áreas SECA (Sulfur Emission Control Areas), áreas marinas situadas en los mares Báltico y del Norte dotadas de controles más severos sobre las emisiones de óxido de azufre (Sox), durante 2015.
La Reglamentación IMO, disponía la reducción y limitación de las emisiones de óxido de azufre (Sox) a 0,5% m / m (masa por masa) a partir del 1 de enero de 2020 en todo el mundo – y no solo en las zonas SECA.
¿Qué consecuencias tiene el incumplimiento?
Si un buque está operando con fuelóleo no conforme, es decir, superior al 0,5% de azufre, debe ser eliminado. Con esta medida se favorecen las operaciones con buques provistos de depuradoras, gas natural licuado, fuelóleo bajo en emisiones de azufre y gasoil marino.
Todas estas operaciones aumentarán sustancialmente los gastos de los buques, dado que el uso o implementación de depuradoras contribuye a realizar inversiones de capital, asi como el uso de fuelóleo bajo en niveles de Sox. Debido a estos grandes gastos, será de aplicación este nuevo recargo marítimo que adoptará diversos nombres según la naviera:
- Environmental Compliance Charge (ECC),
- New bunker charge
- Low Sulphur Surcharge (LSS), o
- Environmental Fuel Fee (EFF)
El recargo se aplicará sobre el flete, por lo que lo abonará quien pague el flete marítimo, impacto que afectará al cálculo de costes sobre las nuevas Reglas Incoterms 2020, a tener muy en cuenta.
Es muy importante formarse en las condiciones de estas nuevas reglas Incoterms 2020 para realizar un cálculo preciso en cada situación y analizar qué Incoterm es más aconsejable en nuestro caso.
Artículo escrito por:
Eva María Hernández Ramos; abogada experta en estiba y comercio internacional. Docente de ADL, escritora y gran conocedora de la jurisprudencia de las Reglas INCOTERMS®
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